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Sociedad comanditaria simple Imprimir E-Mail
CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD
Se exigen los mismos requisitos legales que para la constitución de la
sociedad colectiva.
En la escritura pública constarán las mismas circunstancias que en la
sociedad colectiva.
Para la inscripción en el Registro Mercantil habrá que añadir otros datos,
además de los exigidos para la sociedad colectiva:
- Identidad de los socios comanditarios.
- Aportaciones de cada socio comanditario con expresión de su valor cuando
sean en dinero.
- Régimen de adopción de acuerdos sociales.
DERECHOS DE LOS SOCIOS
Socios colectivos:
- Los mismos derechos que los socios de las sociedades colectivas: derecho
a participar en la gestión social, derecho de información y derecho a participar
 en las ganancias y en el patrimonio resultante de la liquidación.
Socios comanditarios:
- De contenido esencialmente económico: derecho a participar en las ganancias
y derecho a participar en el patrimonio resultante de la liquidación.
- De carácter administrativo: derecho a que se les comunique el balance de
la sociedad a fin del año, poniéndoles de manifiesto, durante un plazo mínimo
de 15 días, los antecedentes y documentos precisos para comprobarlo y juzgar
de las operaciones.
LEGISLACIÓN
Código de Comercio en materia mercantil.
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
TRÁMITES PARA CONSTITUIRLA
Registro Mercantil Central
- Certificación negativa del nombre.
Notario
- Escritura pública.
Consejerías de Hacienda de las CC.AA.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Registro Mercantil
- Inscripción de la empresa.
Agencia Tributaria
- Número de Identificación Fiscal.
- Declaración Censal.
- Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Ayuntamiento
- Licencia de obras.
- Impuesto sobre bienes inmuebles.
- Licencia de apertura.
Tesorería Territorial de la Seguridad Social
- Alta en el régimen correspondiente de los socios trabajadores y/o administradores.
- Inscripción de la empresa especificando si se opta por el Instituto Nacional
de la Seguridad Social (INSS) o por una Mutua para la cobertura de accidentes
de trabajo y enfermedades profesionales.
- Afiliación y alta de los trabajadores en el Régimen General de la Seguridad
Social.
Consejerías de Trabajo de las CC.AA.
- Comunicación de apertura del centro de trabajo.
Inspección Provincial de Trabajo
- Obtención y legalización del Libro de Visitas.
- Obtención del calendario laboral.
 
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